- ES OBLIGATORIO el uso de indumentaria deportiva durante la actividad en el gimnasio: calzado, ropa limpia y correcta, etc., no estando permitido el uso de prendas que cubran la cabeza. Los clientes deberán cuidar en especial la higiene, accediendo al gimnasio debidamente aseados.
- ES OBLIGATORIO la utilización de toallas en todos los aparatos, preservándolos del sudor durante la realización de los ejercicios.
- A las instalaciones no se puede utilizar el mismo calzado de la calle.
- No se permite hacer fotografías ni filmaciones en todo el centro.
- No se permite el uso de alimentos, fumar, consumir alcohol, ni sustancias anabólicas.
- Utilice únicamente botellas irrompibles y de cierre hermético.
- Se prohíbe la entrada de animales en las instalaciones.
- No se tolerará la falta de respeto hacia los clientes o empleados del gimnasio, especialmente por razón de género o condición sexual.
- No está permitido la agrupación de personas, así como conversaciones a voz alzada, ni discusiones o peleas, que distorsionen la convivencia del resto de los clientes.
- ES OBLIGATORIO la correcta utilización de las máquinas y aparatos en la realización de los ejercicios, evitando golpes bruscos, de ser preciso compartirá con otro cliente el material y equipamiento mientras se descansa entre series.
- ES OBLIGATORIO dejar el material y accesorios utilizados en su lugar.
- Las bolsas, prendas y objetos personales se depositarán en las taquillas del vestuario.
- Las taquillas son de uso limitado, su ocupación se limita al tiempo de permanencia del cliente en las instalaciones y se deberán de dejar libres y disponibles.
- Los empleados de SOFINTEL velarán por el cumplimiento de las normas aquí expuestas, en especial las referentes a higiene y comportamiento del cliente, estando autorizados al uso de derecho de admisión.
- HORARIO 24 HORAS: Por razones de vecindad y en el cumplimiento de la normativa vigente que regula la emisión de ruidos, la utilización de las instalaciones a partir de las 22h y hasta las 8h, se procederá: -Apagado de ambiente musical. -Inhabilitación de equipos que puedan sobrepasar en su utilización los niveles de decibelios autorizados.